La difamación es la comunicación a una o más personas con ánimo
de dañar, de una acusación que se hace a otra persona física o moral
de un hecho, determinado o indeterminado, que pueda causar o cause
a ésta un menoscabo en su honor, dignidad o reputación.
Es interesante y oportuno enfocar cuales son los Elementos
constitutivos espéciales de la difamación:
1) La alegación o imputación de un hecho preciso.
2) Un hecho que encierre un ataque al honor o a la consideración.
3) La designación de la persona o del organismo al cual se impute el
hecho.
4) La intención culpable.
Nuestro país, es centro de actividades en torno al derecho de libre
expresión del pensamiento y su concomitante despenalización.
Sin embargo, se da el caso de que medios de comunicación, sobre
todo audiovisuales; difaman, injurian y hasta se burlan de las
personas, en franca violación al derecho individual de ser respetado
como ser humano, de acuerdo a la Declaración Universal de los
Derechos Humanos.
Atinente a esta situación socio- jurídica, se acaba de producir en la
justicia dominicana, la demanda del empresario Celso Marranzini, en
contra del periodista Alvaro Arvelo por difamación, mediante el
programa radial conducido por el segundo, a través de una emisora
local.
En ese tenor, El juez de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Naciona Juan Ramón
Cabrera, levantó acta de no acuerdo de dicha demanda por
difamación e injuria, tras fracasar el proceso de conciliación.
Se fijó para el 22 de septiembre la ventilación del fondo de la
demanda, a través de la cual Marranzini persigue una condena
indemnizatoria de RD$50 millones.